jueves, 23 de septiembre de 2010

Las claves de las polémicas antenas de telefonía en los edificios

jueves, 23 de septiembre de 2010
Las antenas de telefonía en las comunidades han proliferado muchísimo. Reportan beneficios económicos a la comunidad pero también son muy polémicas por los presuntos efectos dañinos en nuestra salud.
Desde la Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad, conjuntamente con la asesoría jurídica de Soledad Gallego Bernad, se ha elaborado un informe con la información más relevante sobre este tema.

¿Que efectos producen las antenas de telefonía en un edificio?

Un efecto que hay que tener en cuenta, es el peso de la estructura que se pretende instalar, que suele ser de varias toneladas, ya que no solo se instalan las antenas de telefonía, sino también casetas con distintos equipos. Es conveniente que la comunidad de propietarios se informe bien sobre el peso que se va a instalar en la azotea, y el lugar de apoyo del mismo. Si es necesario, debería solicitarse un informe a un arquitecto o técnico independiente de la operadora.

¿Qué son las ondas electromagnéticas?

Las antenas de telefonía instaladas en la azotea del edificio cubre una zona determinada, y envía y recibe señales de todos los teléfonos móviles que se desplazan por su zona. Estas señales que recibe y emite se denominan ondas electromagnéticas. Estas ondas no se ven, no se huelen, son invisibles, y se desplazan por el espacio sin necesidad de cable ni soporte material alguno. Estas ondas son absorbidas fácilmente por el cuerpo humano, en el que producen unos determinados efectos biológicos.

El problema se plantea por la falta de acuerdo de los científicos sobre cuales son los niveles perjudiciales y es que no existe acuerdo entre los científicos sobre si la exposición residencial a las ondas de las antenas de telefonía móvil puede conllevar riesgos para la salud humana. Pero al mismo tiempo, existe un amplio consenso respecto a que no ha sido demostrado que la exposición a estas ondas sea absolutamente segura.

A la hora de colocar unas nuevas antenas de telefonía hay que tener muy en cuenta a los vecinos de los alrededores, ya que curiosamente las ondas afectan horizontalmente más a los vecinos de enfrente que a los del propio edificio. El problema está en la cercanía en sentido horizontal, a más de 10 metros que es lo que la normativa dispone los riesgos son mínimos.

Responsabilidad que derivan para la Comunidad de Propietarios

En cuanto a posibles responsabilidades administrativas, la mayoría de los Ayuntamientos que actualmente han regulado la instalación de antenas de telefonía móvil en sus municipios han establecido que las infracciones que se cometan contra la normativa de instalación y conservación serán responsables solidarios, la empresa instaladora y el propietario o comunidad de propietarios del edificio o terreno en que se ubique la antena.

En cuanto a la responsabilidad civil que puede derivarse, es este un elemento que hay que tener muy en cuenta a la hora de adoptar la decisión de instalar las antenas de telefonía en el edificio, ya que el beneficio que se obtenga hoy, puede ser superado con creces por la cuantía de las indemnizaciones a pagar a vecinos que se opusieron a la instalación y a terceros residentes de edificios cercanos.

¿Que daños podemos alegar a las antenas de telefonía?

Daño patrimonial: al devaluarse el valor de las viviendas del edificio en el que se instalan las antenas de telefonía, y de los edificios colindantes, pues cada vez empiezan a aparecer más noticias en prensa y televisión, y la gente empieza a percibir un peligro en la cercanía de estas instalaciones. Este tipo de noticias, tengan o no fundamento científico, tienen un claro efecto sobre el valor de la propiedad inmobiliaria, ya que una persona que haya leído este tipo de noticias, se lo pensará dos veces antes de comprar una vivienda cercana a una antena.

Daño físico: derivado de las posibles enfermedades y trastornos físicos que puedan causar las ondas electromagnéticas que de forma continuada reciban de las antenas de telefonía los residentes del inmueble y vecinos colindantes. Las indemnizaciones pueden ser astronómicas, y nos encontraríamos ante un supuesto muy parecido al del tabaco o el amianto (en un principio se negó que fueran perjudiciales, demostrándose este extremo años después)

Daño moral o psíquico: precisamente porque no existe actualmente certeza científica, la incertidumbre, y el daño moral que se puede producir a determinadas personas al obligarlas a vivir cerca de esa posible fuente de riesgo, es algo constatable y reconocido ya por los tribunales españoles.

¿Me puedo oponer a la instalación de las antenas de telefonía móvil?

Según los artículos 12 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier alteración de la estructura del edificio o de las cosas comunes afecta al título constitutivo, y requiere el voto favorable de todos los propietarios (unanimidad) Aunque solo un propietario se opusiera, no podría adoptarse validamente el acuerdo.

Aunque consideráramos que no se altera la estructura del edificio, y que no existe alteración visual de la fachada, el acuerdo que deberá adoptarse en este caso requerirá las 3/5 partes de los propietarios y necesitará el consentimiento del propietario o propietarios directamente afectados.
Hay que tener en cuenta que para adoptar el acuerdo, tanto por unanimidad como por mayoría cualificada, se contarán como votos favorables los de los propietarios ausentes de la votación, que debidamente citados a la Junta e informados posteriormente del acuerdo no manifiesten su oposición mediante escrito o telegrama dirigido al secretario en el plazo de 30 días. Esto es importante, porque si posteriormente se deriva algún tipo de responsabilidad, por los daños producidos a vecinos o terceros por la instalación de la antena, asumirán esa responsabilidad los vecinos que votaron favorablemente al acuerdo de instalación.

¿Puedo impugnar el acuerdo de la Junta de la instalación de las antenas de telefonía?

Si la Junta de Propietarios entiende que no hace falta unanimidad, y adopta el acuerdo por mayoría de 3/5, los propietarios que están al corriente de todas sus deudas con la comunidad que hubieren votado en contra en la Junta y los ausentes, dispondrán de tres meses para impugnar dicho acuerdo de instalación ante los tribunales.


Muchas gracias Raúl García Canarión por proponernos este tema a ballesterizar



sábado, 19 de junio de 2010

Las claves de un gran invento: El microondas

sábado, 19 de junio de 2010
El comienzo, ¿Cuándo se inventó el microondas?

El 8 de octubre de 1945 el norteamericano Percy Li Baron Spencer patentó un aparato que se convertiría en el actual horno de microondas tras conseguir cocinar con él un puñado de palomitas de maíz. La empresa Raytheon desarrolló el invento para su aplicación en la cocina y de ello resultó el Radarange, un armatoste grande y pesado, que se utilizó en hospitales y comedores militares. En 1967 se empezaron a fabricar los primeros hornos de microondas de uso doméstico.

¿Cómo calienta los alimentos?

La temperatura es la manifestación del movimiento de las partículas que forman los objetos. Este movimiento es imperceptible a simple vista, lo detectamos como simples cambios de temperatura. Cuanto más vibran las partículas que forman un objeto, más caliente lo percibimos.

Los alimentos en general contienen una gran proporción de agua. El agua está formada por moléculas que son polares, es decir, tienen un polo positivo y otro negativo, como un imán. Las microondas actúan creando un campo electromagnético en el cual se orientan las moléculas de agua. Pero la orientación de este campo cambia 2.450.000.000 veces por segundo, y ello hace que las moléculas de agua giren el mismo número de veces sobre sí mismas para orientarse correctamente. Este movimiento se traduce en un aumento de la temperatura, que las moléculas de agua pueden transmitir a las moléculas vecinas no polares mediante choques, hasta que todo el alimento se calienta.

Las microondas no tienen ningún efecto sobre las moléculas apolares (sin polos), como los plásticos. Tampoco ejercen efecto sobre sustancias polares cuyas partículas no tienen movilidad. Es el caso, por ejemplo, del agua sólida, la sal común, la porcelana o el vidrio.

¿Por qué tienen los microondas un plato giratorio?

La razón de este plato giratorio está en que las microondas no tienen una intensidad uniforme dentro del horno microondas, se producen lo que se llama interferencias constructivas o destructivas. Es decir, en algunos lugares las ondas electromagnéticas se intensifican y en otros se debilitan. Eso hace que si depositamos un alimento en un microondas sin que se mueva dentro, haya lugares donde la cocción es muy rápida y en otros muy lenta, y, por tanto, se produce una cocción desigual. El plato giratorio neutraliza ese efecto y hace que la cocción sea uniforme en todo el alimento.

¿Por qué hay que evitar usar el microondas vacío?

Si las microondas generadas no encuentran ningún material que calentar crecen progresivamente en intensidad y terminan por rebotar hacia el elemento que las genera, que se llama magnetrón, y entonces pueden producir una seria avería. También se puede dar lugar a cierta fuga de microondas, estas pueden salir por lugares que normalmente no saldrían, como las juntas de las puertas.

¿Por qué hay que evitar el uso de metales dentro del microondas?

Las microondas producen corrientes eléctricas dentro de los metales. Cuando los metales se presentan en forma de, por ejemplo, pequeñas hojas de papel de aluminio, las corrientes eléctricas inducidas son los suficientemente fuertes como para calentarlas y hacer que se fundan o se evaporen en una pequeña explosión. Otra de las razones por las que no es recomendable el uso de objetos metálicos es porque si las superficies metálicas están provistas de aristas o puntas, se pueden producir chispas eléctricas que saltan por el aire y pueden llegar a producir pequeños incendios. No obstante, si los metales se presentan en forma de grandes piezas sólidas sin bordes puntiagudos, realmente no sucede nada. En este caso los metales se limitan a reflejar las microondas, calentándose parcialmente el alimento.

¿Por qué cuando se utiliza la opción de descongelación se dan fuertes desigualdades en el calentamiento del alimento?

Cuando se descongela un alimento es frecuente encontrar zonas que no se han descongelado totalmente, mientras que otras sí lo están. Incluso se puede producir la cocción total del alimento.

Esto tiene su origen en el comportamiento diferente que tienen las moléculas de agua cuando están en estado líquido y cuando están formando un cristal de hielo. En el cristal de hielo, las moléculas están rígidamente trabadas unas con otras y no son alterables por las microondas, no oscilan con ellas, mientras que las que están en estado líquido sí oscilan y calientan su entorno. Eso explica el que si en un alimento que vamos a descongelar existen zonas ligeramente acuosas, porque ya se ha producido un cierto grado de descongelación, por ahí el alimento se empiece a cocinar.

Para evitar este efecto, los hornos microondas tienen una opción de descongelación que consiste en calentar un poco hasta que una parte del alimento se descongela, y dejar que ese calor se propague suavemente hacia el resto del alimento. Una vez que parte del alimento ha sido descongelado, se vuelve a generar otra vez la acción de microondas con la cual se calienta la parte descongelada y ese calor se propaga lentamente al resto del alimento, hasta que se derrite totalmente. Por lo tanto, es mejor seleccionar la opción de descongelación y no trabajar con el microondas a toda potencia.

Fuentes:



 
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